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Resoluciones

Abril 18 / 2022

Resolución FCCEA No. 461(Por la cual se convoca a inscripciones y elecciones del estamento Docente ante Consejo Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas, mediante el sistema SIVOT)

Emitido por: Instituto de Posgrado en Ciencias Contables, Económicas y Administrativas
Dirigido a: Comunidad universitaria


Por la cual se convoca a inscripciones y elecciones del estamento Docente ante Consejo Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas, mediante el sistema SIVOT.

El Decano de la Facultad de Ciencias Contables Económicas y Administrativas de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el Acuerdo Superior 006 de 2021 y en especial en el Acuerdo 105 del 18 de diciembre de 1993 o Estatuto General, modificado por el Acuerdo Superior 025 de 2020, mediante el cual se establece como funciones de los Decano en su numeral 11, convocar a elecciones de nivel interno de su Facultad a los Representantes de los Profesores, Estudiantes, Administrativos, Trabajadores Oficiales, que deban integrar los órganos universitarios donde éstos tenganrepresentación, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias y,
 

CONSIDERANDO

 
Que el Acuerdo Superior 105 de 1993, Estatuto General de la Universidad del Cauca, establece en su artículo 36 la conformación del Consejo de Facultad de la siguiente manera:
 
Cada Consejo de Facultad estará integrado por:

 

a) El Decano, quien lo presidirá.

b) Los jefes de Departamento.

c) El Coordinador del Comité de Posgrado. (Acuerdo 042 del 18 de septiembre de 2012, Art. 2º)

d) Un egresado graduado de la Facultad, designado por la Asociación de Exalumnos de la respectiva Facultad, quien deberá ser docente de cátedra o persona sin vínculo laboral con la Institución. En las Facultades que no tengan Asociación, esta función la suplirá la Asociación de Exalumnos de la Universidad del Cauca.

e) Un profesor de la respectiva Facultad, elegido mediante votación secreta por el cuerpo profesoral de la misma.


f) “Dos (2) estudiantes regulares de la respectiva Facultad matriculados en las asignaturas del plan de estudio respectivo, elegidos por los estudiantes regulares de la misma”. (Acuerdo 031 del 3 de junio de 1997, Art. 5º). 

 
Que, se hace necesario convocar a la representación del estamento docente ante el Consejo de Facultad de esta unidad académica, teniendo en cuenta que, a la fecha, no se cuenta con dicha representación profesoral.
 
Que la presente convocatoria se debe realizar para la próxima vigencia de la representación del estamento docente, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Superior 105 de 1993.
 
Que, de conformidad con la certificación expedida por la División de Gestión del Talento Humano de la Universidad del Cauca, el número total votos válidos para ésta convocatoria.

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

CAPÍTULO I
DE LA CONVOCATORIA


ARTÍCULO 1°: Convocar a los docentes activos de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas de Universidad del Cauca para que, bajo la modalidad de elección electrónica mediante la plataforma SIVOT, se elijan y designe un representante de los Docentes de la Facultad debidamente postulado, para integrar el Consejo de Facultad de esta Unidad Académica.
 
ARTÍCULO 2°: Los postulantes a esta representación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
 

1. Ser profesor de planta.
2. No estar sancionado disciplinariamente o penalmente.

 
ARTÍCULO 3º: El período estatutario para estas representaciones será de dos (02) años, que regirá a partir de la fecha de la elección y designación, siempre y cuando conserve la calidad de docente o no se evidencie una inhabilidad sobreviniente.
 

CAPÍTULO II
DE LA INSCRIPCIÓN


ARTÍCULO 4°: Fijar como plazo para la inscripción de la postulación como candidato a la representación citada, desde el veintidós (22) de abril de 2022, entre las 08:00 horas y las 22:00, hasta el veintinueve (29) de abril de 2022 en los mismos horarios.
 
ARTÍCULO 5°: Toda inscripción deberá hacerse ante la Decanatura de la Facultad o Secretaría General de la Facultad, presencial o a través del correo electrónico institucional: secfccea@unicauca.edu.co
 
ARTÍCULO 6°: Para efectos del acto de inscripción de candidatos, la División de Gestión del Talento Humano de la Universidad del Cauca, deberá expedir las certificaciones, según lo indica la presente Resolución y la Resolución R-0200 de 2021.

ARTÍCULO 7°: El postulante deberá inscribirse anotando sus datos personales: nombres y apellidos completos, documento de identidad, fotografía en las condiciones exigidas por las TICS, dirección, número telefónico de contacto, correo electrónico y Facultad.

ARTÍCULO 8°: Todo postulante deberá cumplir con los requisitos determinados en las normas institucionales vigentes y con los que indique la convocatoria.

ARTÍCULO 9°: Los actos de inscripción y elección de cada representante, procederán solamente mediante el sistema uninominal. No se admitirán inscripciones con más de un candidato.
 

CAPÍTULO III
DE LA VOTACIÓN

 
ARTÍCULO 10°: Fijar la elección virtual del representante de los docentes ante el Consejo de Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas para el día 13 de, mayo de 2022, en horario ininterrumpido de las 8:00 A.M. hasta las 4:00 P.M a través de la plataforma institucional SIVOT, la cual estará programada de conformidad con la Resolución R- 0200 de 2021, y demás normas concordantes.
 
PARÁGRAFO 1: La elección de los representantes mencionados se declarará a favor del candidato que obtenga el mayor número de votos.
 
PARÁGRAFO 2: En caso de empate, la comisión de verificación o los designados para habilitar la plataforma, según sea el caso, convocarán a los candidatos y realizará un sorteo para definir quién será el representante elegido.
 
ARTÍCULO 11: Para que los docentes estén habilitados para votar, deberán encontrarse debidamente vinculados a la Universidad del Cauca en el actual periodo académico.
 
ARTICULO 12°: La votación deberá repetirse cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría absoluta (la mitad más uno); en este evento no podrán presentarse los mismos candidatos inscritos a dicha elección.
 
ARTÍCULO 13: 
El número total votos válidos para esta convocatoria es de CIENTO ONCE PROFESORES (111)
 

CAPÍTULO IV
DE LAS INHABILIDAD Y VACANCIA


ARTÍCULO 14Son causales de inhabilidad para ser elegido representante o para ejercer la representación (sobreviniente):
 

  1.  1. Pérdida de la calidad de docente.

  2.  2. Incapacidad física o mental debidamente comprobada por autoridad médica competente.

  3. 3. Sanción penal o disciplinaria durante su representación

 
ARTÍCULO 15Son causales de vacancia de la representación de los estudiantes a la Corporación a que se refiere esta convocatoria:
 

  1. 1. El vencimiento del período.

  2. 2. La renuncia regularmente aceptada.

  3. 3. El impedimento por las causales de inhabilidad señaladas en el artículo precedente.

  4. 4. La ausencia total del representante

 
CAPÍTULO V
OTRAS DISPOSICIONES


ARTÍCULO 15°: La Universidad del Cauca, a través de la División de Gestión del Talento Humano, será la encargada de Certificar y expedir los listados oficiales de los docentes por para que puedan hacer uso de su voto y remitirlos a la Decanatura o Secretaría General, o la División de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, si a ello hubiere lugar, los cuales deberán contener como mínimo la siguiente información: Nombres completos, Identificación y Correo electrónico institucional

ARTÍCULO 16º: Serán nulos los actos electorales que no cumplan el procedimiento, señalado en la presente Resolución.
 
ARTÍCULO 17°: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 
Se expide en Popayán, a los dieciocho (18) días del mes de abril de 2022
 
CIRO ALIRIO FIGUEROA LÓPEZ
Decano FCCEA.

 
 

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