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Resoluciones

Mayo 18 / 2022

Resolución R - 0427 de 2022 (Por medio del cual se deroga la Resolución Rectoral 246 del 03 de abril de 2020 y se reestablece el trámite y los términos establecidos en la Resolución Rectoral 141 del 21 de febrero de 2019, en relación con PQRSF)

Número del documento: R - 0427
Emitido por: Rectoría
Dirigido a: Comunidad universitaria, Ciudadanía en general



Por medio del cual se deroga la Resolución Rectoral 0246 del 03 de abril de 2020 y se reestablece el trámite y los términos establecidos en la Resolución Rectoral 141 del 21 de febrero de 2019, en relación con las Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones.
 
El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales, conferidas por el Acuerdo 0105 de 1993 o Estatuto General y, 

 

CONSIDERANDO:


El Gobierno Nacional expidió la Ley 1437 de 2011 modificada por la Ley 1755 de 2015 por medio de la cual se regula el trámite del Derecho de Petición, en concordancia con la Ley 1581 de 2012, referente a la protección de datos personales, y el Estatuto Anticorrupción decretado por el Congreso de la República Ley 1474 del 12 de julio de 2011.
 
El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró el estado emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, la cual ha sido prorrogada por las resoluciones 844, 1462, 2230 de 2020; 222, 738, 1315 y 1913 de 2021; 304 y 666 de 2022.
 
El Presidente de la República mediante Decreto 417 de 17 de marzo de 2020 declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en razón de la pandemia del Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional.
 
El Gobierno Nacional expidió el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo 2020, mediante el cual se adoptaron medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas, entre las cuales se estableció la ampliación de términos para atender peticiones (Art.5°), así como, la suspensión de términos de las actuaciones administrativas (Art.6°).
 
Los términos establecidos por la Ley Estatutaria 1755 de 2015 para resolver los derechos de petición se debieron flexibilizar acorde con las circunstancias que atravesaba el país. 
 
La Universidad del Cauca, mediante la Resolución Rectoral 0246 del 03 de abril de 2020, estableció el trámite transitorio de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones durante la Emergencia Económica, Social y Ecológica por el Coronavirus Covid – 19.
 
El Congreso de la República, mediante el artículo 2° de la Ley 2207 del 17 de mayo de 2022, derogó la ampliación de los términos de respuesta consignados en el artículo 5° del Decreto Legislativo 491 de 2020.

Se hace necesario reestablecer los términos establecidos en la normatividad institucional, en concordancia con la Ley 1437 de 2011 modificada por la Ley 1755 de 2015.
 
En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:


ARTÍCULO PRIMERO: Derogar la Resolución Rectoral 246 del 03 de abril de 2020, por medio del cual se establece el trámite transitorio de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones durante la Emergencia Económica, Social y Ecológica por el Coronavirus Covid – 19.

ARTÍCULO SEGUNDO: Reestablecer a partir del 18 de mayo de 2022 la vigencia de la Resolución Rectoral 141 del 21 de febrero de 2019, por medio del cual se reglamenta el Trámite de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones.

ARTÍCULO TERCERO: Enviar copia de la presente Resolución a toda la comunidad universitaria y a la página web de la Universidad del Cauca.
 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE


Se expide en Popayán, a los dieciocho (18) días del mes de mayo de 2022.


DEIBAR RENÉ HURTADO HERRERA
Rector

 
 

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